Con la participación de la Red de Jóvenes por el Derecho a Decidir y el colectivo Ama-Gi, inició hoy la campaña “Otra mirada católica del aborto” realizada por Católicas por el Derecho a Decidir y la Red Nacional de jóvenes, y otras organizaciones. La campaña se desarrolla de manera simultánea en otros estados de la República.
Encabezó la reunión el teólogo por la Universidad Pontificia de México y Asesor de Católicas por el Derecho a Decidir, José Guadalupe Sánchez, así como el licenciado José Matos Enríquez, coordinador de la Red Nacional en Campeche; Antonio Maldonado Rodríguez, coordinador del colectivo Ama-Gi; Estefani López Martínez, de la Red Nacional en Tabasco. Así como promotoras de los derechos de las Mujeres.
La campaña incluye la difusión de un espectacular y un espot de radio, la información de la página web de Católicas por el Derecho a Decidir, folletos y postales informativas, así como atención a través de la línea telefónica.
En Campeche la campaña se difundirá a través de las estaciones de radio, y los anuncios espectaculares serán colocados en la Avenida Gobernadores, en Santa Lucía, en la Francisco I. Madero (La Ría), la Avenida Colosio y el libramiento carretero Campeche-Champotón.
Los objetivos de la campaña son dar a conocer a la población católica la existencia de excluyentes a la pena de excomunión inmediata a las mujeres que abortan, establecidas en el Código de Derecho Canónico, normatividad interna de la Iglesia Católica.
Además de compartir los argumentos de la tradición católica que reconocen la autoridad moral de las mujeres para tomar decisiones basadas en su libertad de conciencia. Difundir los argumentos de la tradición católica que permiten a la feligresía disentir de las enseñanzas morales de la jerarquía eclesiástica.
Destacaron brevemente que la iglesia católica no puede excomulgar en caso de aborto cuando la mujer es menor de 16 años, cuando actuó presionada por miedo, si lo hizo por necesidad, si actuó para evitar un grave daño, cuando ignoraba que infringía una ley, si actuó en legítima defensa, si actuó por violencia o de manera accidental o carecía de razón o sufre alguna deficiencia mental.
jueves, 3 de junio de 2010
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