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lunes, 8 de febrero de 2010

Carece México de datos para frenar la trata

Opera en medio de la invisibilidad e impunidad: CNDH

Por Paulina Rivas Ayala

México, DF, 8 feb 10 (CIMAC).- México es un país
de origen, tránsito y destino de personas con
fines de trata, sin embargo, y a pesar de tener
una legislación para frenar este delito, no
cuenta con un sistema de seguimiento de
información suficiente para determinar las
dimensiones del fenómeno y es el segundo país en
el mundo que más víctimas provee a Estados
Unidos, en especial mujeres y menores de edad.

Ante la falta de información y cifras oficiales,
la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)
realizó en 2009 el "Diagnóstico de las
Condiciones de Vulnerabilidad que Propician la
Trata de Personas en México" para contribuir a la
creación de políticas públicas para frenar este
delito y defiendan los derechos humanos de las personas.

En el informe se explica que las fuentes
oficiales disponibles son pocas y se reducen a
informes institucionales de dependencias como la
Procuraduría General de la República (PGR), la
Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y el
Instituto Nacional de Migración (INM).

La CNDH, sostiene que la posición geográfica de
México, lo convierte en escenario de una intensa
dinámica migratoria: es el país de origen,
tránsito y destino de víctimas de trata,
fundamentalmente de niñas, niños y mujeres, que
son trasladados con fines de explotación sexual y laboral.

Según el organismo, durante 2007 se documentaron
aproximadamente 300 casos personas que llegaron a
Estados Unidos con fines de trata, 48 de ellas
provenían de Tailandia, 42 de México, 23 de
Guatemala, 22 de Filipinas, 21 de China y 144
procedían de otros países, lo que significa que
el 14 por ciento de ellas eran mexicanas.

En el informe se explica que en México el delito
de trata de personas se comete desde la
"invisibilidad e impunidad" y atenta contra "la
dignidad y libertad de las personas y constituye
una forma de esclavitud", por ello "sus víctimas
provienen de contextos en los que difícilmente
pueden conocer plenamente sus derechos y exigir su cumplimiento".

La CNDH informó que durante 2008, la Fiscalía
Especial para los delitos de Violencia contra las
Mujeres y Trata de Personas (Fevimtra),
dependencia adscrita a la PGR, inició 24
averiguaciones previas por el delito de trata de
personas y, de ellas, sólo logró dos consignaciones.

Las víctimas de los casos denunciados ante la
Fevimtra, no sólo son mexicanas indica la CNDH,
sino que entre ellas también hay mujeres
procedentes de El Salvador, Corea, Argentina,
China, Honduras, Perú y Guatemala.

En materia de prevención, la SSP cuenta con pocos
datos, según investigaciones de 2004 realizadas
por la policía cibernética hay 14 millones de
sitios pornográficos y se crean, en promedio, 500 a diario.

Durante 2004 sólo se desmantelaron 300 sitios en
los que se utilizaba a menores de 14 años y sólo
se detuvo a 66 presuntos tratantes y lenones y la
liberación de 104 menores de edad.

En su quinto informe de Labores (2006), la SSP
informó que cada mes por lo menos 100 niños y
niñas caen en manos de redes de prostitución y
explotación sexual comercial lo que equivale a un
promedio de mil 200 menores de edad al año.

En ese sentido la SSP sostiene que el 50 por
ciento de los delitos cometidos a través de
Internet están relacionados con la pornografía y
la prostitución infantil y generan
aproximadamente 20 millones de dólares de
ganancia al año. Reporta también que la edad de
las víctimas se ha reducido pues se han
encontrado casos de niñas y niños que van de los cero a los 4 años de edad.

Por su parte el INM informó que instaló 32
comités interinstitucionales en 2007 para
atención a víctimas que operan en los 32 estados
del país, sin embargo informa la CNDH, "no hay
suficiente información sobre los avances y
logros" para poder dar un número exacto de personas denunciantes.

LEGISLACIÓN

México es parte de los Estados signatarios del
Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la
trata de personas especialmente mujeres y niños
(Protocolo de Palermo) que mandata a los países
firmantes a tipificar el delito en su legislación local.

Desde el 27 de noviembre de 2007 cuenta con la
Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de
Personas que mandata una pena máxima de 27 años
de cárcel y una multa de hasta tres mil 375 días de salario mínimo.

El Artículo 5 explica que comete el delito de
trata de personas quien "promueva, solicite,
ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o
reciba para sí o para un tercero a una persona
por medio de la violencia física o moral, engaño
o el abuso de poder para someterla a explotación
sexual, trabajos o servicios forzados esclavitud
o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre
o extirpación de un órgano, tejido o sus componentes"

Esta definición del delito fue tomada del
Protocolo de Palermo que es complementario de la
Convención de las Naciones Unidas contra le
Delincuencia Organizada Trasnacional.

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